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02 mar
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Impuesto a las Ganancias: Ya se pueden deducir Ganancias del pago de las cuotas de los colegios

Para el inicio de clases 2023 vas a poder descontar de Ganancias hasta el 40% de los gastos educativos del tributo que grava los ingresos de quienes perciben más de $404.062 mensuales. Qué servicios son deducibles en escuelas y educación. Desde Genube te contamos cómo realizar esto y además te contamos cómo desde nuestro sistema generar tu factura electrónica de una forma muy fácil.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó la posibilidad de completar el formulario online para la deducción de gastos de educación en el Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2022 y siguientes, necesaria para que los empleados en relación de dependencia puedan empezar a informar las deducciones a sus empleadores.

Los asalariados con ingresos superiores al piso de Ganancias ya pueden cargar en la web de AFIP los datos de sus hijos -deben tener hasta 24 años-, para hacer efectivo el descuento en gastos educativos. En el marco del dictamen en comisiones para el proyecto de Ley de Presupuesto 2023, se incluyó esta nueva cláusula que permite reducir Ganancias -hasta un 40%- del pago de las cuotas de los colegios privados y también, alcanza otros gastos educativos de los padres de hijos de hasta 24 años.

Hoy se conoció que la AFIP habilitó el trámite para que los asalariados carguen los datos en el formulario correspondiente y se haga efectivo el descuento de esas erogaciones (o de parte de ellas) del ingreso sobre el cual se calcula el tributo. Ten en cuenta que esta opción está disponible tanto para el formulario 2022 como en el del 2023, y el mismo puede ser presentado hasta el 31 de marzo del año posterior al que corresponda. Para el año pasado se podrá obtener una devolución de lo retenido por el impuesto que será de un máximo de $35.359, mientras que para este año está previsto un tope mayor que alcanza los $63.235.

¿Quieres conocer cómo es el paso a paso para realizar el trámite? Para eso seguí leyendo esta nota donde te explicamos como.

Paso a paso para el trámite de deducción de gastos educativos
El trámite será para la deducción al 100% o al 50%, y esta última opción sería correspondiente cuando ambos padres declaran al hijo o a los hijos, por lo que se aplica la mitad del importe deducible para cada uno.

Para realizar el trámite, en primer lugar es fundamental contar con los comprobantes de dichos gastos, que van desde servicios educativos hasta compras de útiles escolares. Luego, se debe seguir un paso a paso de forma online a través del sitio web de la AFIP:
Ingresar con la clave fiscal a la página de la AFIP.

  • Elegir la opción “Siradig-Trabajador” entre los servicios interactivos desplegados
  • Ir a la solapa “Carga de formulario”.
  • Hacer click en “Deducciones y desgravaciones”.
  • Elegir el concepto “Gastos de educación”.
  • Seleccionar el período correspondiente.
  • Al ir a “Alta de Comprobante”, se deberá informar fecha, tipo y monto del gasto.

Además, el sistema solicita el dato de la entidad proveedora, es decir, la institución educativa, persona o comercio que dio el servicio o el bien, y se debe incluir el número de CUIT del mismo, que aparece en el comprobante o factura. Para obtener todos estos datos debes solicitarlo directamente con el sistema de gestión que maneja tu institución o colegio para que este trámite sea lo más sencillo y menos tedioso posible. 

Desde Genube para obtener tu factura digital contamos con un módulo de facturación electrónica integrado a nuestro sistema, el cual permite generar recibos Tipo C y Facturas tipo C directamente desde el módulo de ingreso de cobros, genera el recibo y se puede enviar manual o automáticamente por correo electrónico o descargarse en PDF para su impresión.

El sistema también solicita identificar a qué familiar corresponde el gasto declarado. Según lo establecido por la ley, hay dos opciones:

Hijos declarados a cargo menores de 18 años o quienes hayan sido declarados incapacitados para el trabajo.

Hijos de entre 18 y 24 años que cursen “estudios regulares o profesiones de un arte u oficio que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente” y que “no tengan ingresos netos anuales que superen la ganancia no imponible”, cuyo monto es de $252.564 por 2022 y de $451.683 por 2023.

¿Qué servicios son deducibles? 
Se pueden deducir los servicios prestados por establecimientos educacionales públicos y/o privados incorporados a los planes de enseñanza oficial, de todos los niveles y grados, y los de postgrado para egresados de los niveles secundario, terciario o universitario, así como a los servicios de refrigerio, de alojamiento y de transporte accesorios a los anteriores, prestados directamente por dichos establecimientos con medios propios o ajenos.

Entre los servicios con fines educativos también se cuenta a las clases dadas a título particular sobre materias incluidas en los planes de enseñanza oficial, impartidas fuera de los establecimientos educacionales aludidos en el párrafo anterior y con independencia de estos, y a las guarderías y jardines materno-infantiles.
También las herramientas con fines educativos, definidas como los útiles escolares, guardapolvos y uniformes.

Por último, te recordamos que si quieres conocer más sobre este nuevo beneficio para padres y tutores o quieres conocer otros beneficios que brindamos desde Genube a los padres y directivos de la institución, podes hacer click aquí para obtener una reunión donde nuestro equipo te contactará para informarte y mostrarte mejor sobre nuestro sistema.